A partir del 22 de mayo de 2013  es exigible  la ITC AEM 1 << Ascensores > > aprobada en Real Decreto 88/2013, de 8 de  febrero. (BOE  22/02/13).

ATISAE ha realizado  resumen, de esta ITC, con el fin de mantener informadas a empresas como la suya que se dedican a la  Gestión y Administración de Comunidades de propietarios, Mancomunidades, Edificios de oficinas y Centros Comerciales

A destacar:

  • Inclusión de aparatos elevadores de velocidad no superior a 0,15 m/s conformes a Directiva de Máquinas.
  • Mantenimiento. Obligatoriedad para todos los ascensores, con inclusión de los ascensores a velocidad no superior a 0,15 m/s, estableciendo periodos diferentes dependiendo de la tipología y uso de los ascensores.
  • Inspecciones. La ITC establece un régimen de inspecciones periódicas y otras inspecciones a ejecutar por un Organismo de Control Autorizado (OCA) a requerimiento del titular de la instalación para todos los ascensores. Si como consecuencia de la inspección se detectaran Defecto graves, deberá procederse a su corrección en un plazo máximo de 6 meses desde la visita de inspección . Transcurrido este plazo el Organismo de Control volverá a realizar la visita de inspección y si no han sido corregidos instará a la empresa de mantenimiento a dejar el aparato fuera de servicio.
  • Modificaciones importantes. La ITC establece una serie de procedimientos entre los que puede elegirse para evaluar la realización de modificaciones en las instalaciones. Las modificaciones importantes son cambios significativos en ascensores ya existentes que no pueden ser consideradas como operaciones de simple mantenimiento o reparación .

             Para más información descargue nuestro resumen  del Real Decreto 88/2013 y de la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 realizado por ATISAE
ATISAE es Organismo de Control (OC) para la inspección periódica de ascensores y Organismo Notificado (ON) para la aplicación de la Directiva de ascensores 95/16/CE (Real Decreto 1314/1997).
            Esperamos que esta información le haya resultado de interés.
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Ver Real Decreto completo:  http://www.admifin.es/component/docman/doc_download/459-ascensores-instruccion-tecnica-complementaria-reglamento


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