ORDEN 4036/2011, de 21 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas previstas en el Decreto 88/2009, de 15 de octubre, por el que se regula el Plan de Rehabilitacion de la Comunidad de Madrid 2009-2012. (ver orden completa pinchando aquí)
Beneficiarios de las subvenciones. Modelo Solicitud de calificación provisional de actuaciones protegibles de rehabilitación de edificios Comunidad de Madrid"(ver modelo pinchando aquí)
"Podrán solicitar las ayudas establecidas, y ser beneficiarios de las mismas:
— Las comunidades de propietarios de edificios residenciales, como así dispone el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluidos o no en un Área de Rehabilitación, que estén válidamente constituidas a través de sus representantes legales, debiendo hacerse constar expresamente los
compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la comunidad, así como el importe de subvención a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán, igualmente, la consideración de beneficiarios.
La justificación por parte de las comunidades de propietarios de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, se realizará mediante declaración responsable incluida en la solicitud de la ayuda económica.
— Las comunidades de bienes los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente, ya sean personas físicas o jurídicas. Si dicho edificio no está dividido horizontalmente, la subvención se abonará al propietario, ya sea persona física o jurídica. La subvención total máxima para el edificio operará en función del número de viviendas de dicho inmueble.
No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas económicas previstas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones." ....
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