garantizamos-los-plazos-de-instalación-para-que-su-comunidad-solicite-la-tarifa-tur4Garantizamos los plazos de instalación para que su comunidad solicite la tarifa TUR4 En Gomez Group Metering garantizamos la instalación de los contadores o repartidores de costes de calefacción en el plazo previsto por el Real decreto-ley 18/2022, siempre que la comunidad de propietarios acepte y firme el presupuesto antes del 30 de abril de 2023. El Real...
ista-apoya-que-las-comunidades-de-propietarios-puedan-acogerse-a-las-tarifas-reguladasSiempre que hayan individualizado su consumo mediante la instalación de repartidores de costes o contadores de calefacción, una medida eficaz para frenar el gasto ISTA apoya que las comunidades de propietarios puedan acogerse a las tarifas reguladas ·         Hasta este momento los edificios con calderas de calefacción central son considerados grandes...
gomez-group-metering-renueva-su-catálogo-con-la-última-tecnología-en-contadores-vía-radioGomez Group Metering ha renovado su catálogo de productos con la incorporación de nuevos dispositivos de tecnología ultrasónica, que ofrecen las máximas prestaciones en contabilización de consumos individuales en edificios residenciales e industriales. El catálogo 2022 incluye una amplia gama de contadores de agua y energía, además de repartidores de costes de...
eli-revista-noviembre-2021-defensa-medio-ambiente-branco-bajalica LI Revista Niviembre 2021. Defensa del Medio Ambiente - Branco Bajalica
eli-revista-octubre-2021-defensa-medio-ambiente-branco-bajalica ELI Revista OCTUBRE 2021. Defensa del Medio Ambiente- Branco Bajalica
ista-recomienda-que-se-aprovechen-las-rehabilitaciones-energéticas-para-individualizar-el-gasto-de-calefacción-central ISTA recomienda ue se aprovechen las rehabilitaciones energéticas para individualizar el gasto de calefacción central ·         Con la llegada de las ayudas procedentes de los fondos europeos para la recuperación post Covid-19, el sector espera un boom de intervenciones de rehabilitación y reforma enfocados a mejorar la eficiencia energética de los...
ista-lanza-sophia,-un-módulo-inteligente-capaz-de-conseguir-ahorros-energéticos-de-hasta-un-30-en-calefacción-centralISTA lanza SOPHIA, un módulo inteligente capaz de conseguir ahorros energéticos de hasta un 30% en calefacción central Gracias a este dispositivo las calderas producen, únicamente y en cada momento, la energía necesaria para alcanzar la temperatura demandada en las viviendas. Las primeras unidades instaladas han obtenido ahorros energéticos de hasta el 30% y...
reformas-en-verano,-no-vacíe-circuitos-de-calefacción-central,-es-innecesario  Responsables Administracion de Fincas y Comunidades Propietarios. Desde Congelatube informamos: Está terminando la temporada de calefacción y pronto las calderas comunitarias dejarán de funcionar para calentar los radiadores de sus vecinos. No obstante, y aunque a partir de ahora nos olvidemos del frío, las averías, roturas o reformas en...
eficiencia-energética-con-caldera-de-gas VIDEO PRESENTACION EMPRESA Esta solución es recurrir a la última y más avanzada tecnología de calderas pirotubulares. En estas, el haz de tubos por donde discurren los gases de la combustión y transfieren el calor al agua, se dispone de manera vertical y el calor es transferido a un cuerpo de caldera de gran contenido en agua. Esta disposición, en combinación...
eli-revista-octubre-2020-defensa-medio-ambiente-branco-bajalica ELI Revista OCTUBRE 2020. Defensa del Medio Ambiente- Branco Bajalica

             Con fecha del día siete de marzo de 2011 se publica en Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la  Ordenanza  indicada. Se destaca, a efectos de las comunidades de vecinos el comportamiento de los  ciudadanos en el medio exterior, carácter doméstico y relaciones vecinales, así como sobre los animales domésticos.

              Puede descargar la Ordenanza completa  en  el apartado de Ordenanzas  Ayuntamiento de Madrid de la web.

"Artículo 45.- Comportamientos ciudadanos en el medio ambiente exterior.

1. El comportamiento de los ciudadanos en el medio ambiente exterior deberá mantenerse dentro de los límites de la buena convivencia ciudadana, sin que se produzcan ruidos que perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos y viandantes o impidan el normal desenvolvimiento de las actividades propias del local receptor.
2. En concreto, queda prohibido por considerarse conductas no tolerables en relación con lo establecido en el apartado 1 anterior:
a) Gritar o vociferar.
b) Explotar petardos o elementos pirotécnicos fuera de los lugares y ocasiones autorizados.
c) Utilizar aparatos de reproducción sonora sin el uso de auriculares y funcionando a elevado
volumen.
d) Permanecer en horario nocturno en concurrencia con otras personas o grupos de personas,reunidas en la vía o espacios públicos, o en espacios exteriores de titularidad privada y uso público, cuando no exista autorización produciendo, a consecuencia de la actuación colectiva, ruidos que ocasionen molestias y perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos.

Sección 3ª. Fuentes sonoras de carácter doméstico y relaciones vecinales
Artículo 46.- Aparatos e instalaciones domésticos
1. Los propietarios o usuarios de receptores de radio, televisión, equipos de música, electrodomésticos, aparatos de aire acondicionado o instrumentos musicales y, en general de cualquier fuente sonora de carácter doméstico, deberán instalarlos y ajustar su uso, de manera que su funcionamiento cumpla con las limitaciones establecidas en los artículos 15 y 16 de la presente Ordenanza, con el fin de no perturbar la buena convivencia.
2. Así mismo, deberán cumplir con los límites de vibraciones aplicables al espacio interior establecidos en el artículo 17 de la presente Ordenanza.
Artículo 47.- Comportamientos en el interior de viviendas o locales particulares
1. El comportamiento en el interior de las viviendas deberá mantenerse dentro de los límites tolerables de la buena convivencia vecinal, sin que se produzcan ruidos que perturben el descanso y tranquilidad de los vecinos o impidan el normal desenvolvimiento de las actividades propias del local receptor, así como deberán respetar los valores máximos de transmisión autorizados en la presente Ordenanza.
2. En concreto, quedan prohibidas, por considerarse no tolerables en relación con lo establecido en
el apartado 1 anterior, las siguientes conductas:
a) Gritar o vociferar.
b) Ocasionar ruidos de impacto por reparaciones, instalaciones de elementos domésticos o
actuaciones similares durante el horario nocturno.
c) Efectuar mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o la realización de obras en el interior de las viviendas o locales desde las 21 hasta las 8.00 horas, en días laborables, y desde las 21.00 hasta las 9.30 horas, los sábados, domingos y festivos.
d) Realizar fiestas en locales o domicilios particulares que excedan de lo tolerable, debido al número
de personas congregadas, al elevado volumen de la música, a la práctica de baile u otros comportamientos que generen ruidos de impacto, en particular en horario nocturno.
e) Realizar ensayos o interpretaciones musicales o emitir música, a elevado volumen, en horario nocturno.
Artículo 48.- Animales domésticos
Los propietarios o tenedores de animales domésticos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que estos produzcan ruidos que ocasionen molestias al vecindario perturbando la convivencia."

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