¿Qué es el dividendo digital?
dividendo digital
El 3 de abril de 2010 se producía en nuestro país el cese de las emisiones televisivas analógicas por vía terrestre, y dábamos la bienvenida a la TDT. Un proceso que había comenzado en diciembre de 2004 con la aprobación del Plan de Impulso a la Televisión Digital Terrestre y que daba pie a la promulgación del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, que establecía las fases necesarias para culminar el proceso de digitalización con satisfacción en abril de 2010. 

Paralelamente, en Europa, la Conferencia Regional de Radiocomunicaciones aprobaba en junio de 2006 el Plan de Ginebra, donde se fijaba que las frecuencias de 470 a 862 MHz se utilizarían para la radiodifusión, como se había venido haciendo durante la época de la televisión analógica. Sin

embargo, la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2007 (cuando el proceso de transición en España ya estaba en marcha) destina la sub bandas de frecuencias de 790 a 862 MHz (canales radioeléctricos 61 a 69) para el servicio de comunicaciones móviles, por lo que se hace necesario liberar esas frecuencias antes del 1 de enero de 2015. 

Cuando se planificó la transición a la televisión digital terrestre en nuestro país, durante cinco años las emisoras analógicas y digitales de televisión compartieron espectro radioeléctrico, en una situación que se conoció como simulcast. Una vez finalizadas las fases que dieron paso a la completa digitalización de las emisiones de televisión por vías terrestres, desapareció el simulcast y las emisoras digitales quedaron repartidas por la banda de frecuencias de 470 a 862 MHz (canales radioeléctricos 21 a 69), ocupando incluso aquellas frecuencias que Europa había fijado para el uso de las comunicaciones móviles. 

Liberalización del dividendo digital 

Siguiendo la disposición de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2007, en un período inferior a cuatro años, los canales radioeléctricos 61 a 69, conocidos como “dividendo digital”, deberán quedar liberados para hacer frente a las nuevas demandas de banda ancha de las compañías telefónicas. La Orden ITC/99/2011, de 28 de enero determina el 1 de marzo como la fecha de ejecución de la fase 1 de la reordenación de los canales de TDT. 

Las compañías telefónicas venían reclamando la liberación de dicho dividendo para una fecha anterior al 1 de enero de 2015, de tal forma que España no quedara rezagada en los servicios de banda ancha móvil. Siguiendo tales demandas, el ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, anunciaba durante la inauguración del Mobile World Congress de 2011, un proceso de licitación mixta (concurso – subasta) con una duración hasta 2030, para destinar dicho dividendo digital a la implementación de la cuarta generación de comunicaciones móviles, que permiten la banda ancha en movilidad y una mejor cobertura en interiores y que probablemente estén disponibles antes de finalizar 2014. 

Por otro lado, durante el periodo 2011-2013 está previsto que estos cambios impulsen la creación de unos 40.000 empleos y se atienda a la popularización de los smartphones, tablets y demás servicios que precisan banda ancha móvil.

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