Solicitud de hojas de reclamaciones del sistema unificado de reclamaciones de consumo por parte de empresarios y profesionales. (ver modelo en la web de su Comunidad Autónoma)
Solicitud de hojas de reclamaciones del sistema unificado de reclamaciones de consumo por parte de empresarios y profesionales
Plazo indefinido
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Referencia
2654 -
Descripción
Tener a disposición de los consumidores y usuarios las hojas de Reclamaciones del Sistema Unificado de Reclamaciones. -
Requisitos
1. Actuar dentro del derecho privado.
2. Tener la actividad profesional o empresarial dirigida directamente al consumidor final.
3. No estar dentro de un sector empresarial/profesional que disponga de una normativa propia que obligue a disponer de hojas de reclamaciones.
4. Si no se dispone de local abierto al público deberán tener las hojas de reclamaciones en el domicilio social o fiscal ubicado en la Comunidad de Madrid. -
Documentación a presentar
1. Las hojas de reclamaciones serán facilitadas por los Ayuntamientos que hayan asumido competencias en materia de consumo a los profesionales o empresarios de su municipio.2. La Comunidad de Madrid facilitará las hojas de reclamaciones a los empresarios y profesionales de los municipios que no hayan asumido competencias en materia de consumo y a los profesionales dedicados a la venta ambulante.
3. La Comunidad de Madrid ha firmado Convenios de colaboración con algunas Asociaciones Empresariales para que éstas puedan distribuir las hojas de reclamaciones entre sus asociados.
Documentos para solicitar las hojas de reclamaciones:
- Copia del Impuesto de Actividades Económicas (alta o último recibo). Si no se dispone de éste, cualquier documento administrativo que justifique el desarrollo de la actividad empresarial como la Declaración Censal.
- Copia de las escrituras de constitución de Sociedad, en su caso.
- Copia del Carné de vendedor ambulante, en su caso
- Copia de la licencia de apertura, en caso de disponer de local abierto al público.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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Tramitación
Presentada la solicitud y la documentación requerida, la administración pública a la que se ha dirigido le hará entrega de las hojas de reclamaciones.Si la remisión de la solicitud y documentación se ha realizado por vía telemática, la Dirección General de Consumo contactará con el empresario a través de un número de teléfono o por correo electrónico para indicarle cuándo y dónde puede recoger los impresos.
A partir de ese momento, deberá tenerlas en su establecimiento a disposición de los consumidores que se las soliciten para formular una queja o reclamación.
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Efecto de silencio
No existe -
Normativa efecto silencio
No existe -
Plazo de resolución de la convocatoria
No existe
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* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica
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Información complementaria
Competencias municipales
Corresponde a los Ayuntamientos la edición y distribución de las hojas de reclamaciones y de los carteles informativos correspondientes a las personas físicas y jurídicas obligadas cuyo lugar de exposición radique en su término municipal, salvo los dedicados a venta ambulante. La distribución de las hojas se realizará por el servicio municipal de consumo, o, previo acuerdo o convenio suscrito al efecto con el órgano competente, por otros órganos administrativos, corporaciones de derecho público u organizaciones empresariales.
Los órganos y entidades responsables de la distribución, mantendrán un registro de personas físicas y jurídicas a las que se les haya suministrado hojas de reclamaciones, en el que se hará referencia al establecimiento o lugar donde dispondrán las hojas de reclamaciones. -
Normativa aplicable
* Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid (texto consolidado).
* Resolución de 28 de diciembre de 2009, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM nº 27, de 2 de febrero de 2010).
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Órgano responsable
Consejería de Economía y Hacienda
D. G. de Consumo" Comunidad de Madrid