gas, comunidad propietarios, instalación, mantenimiento

El gas es una fuente  de energía que llega a los usuarios a través de una red de tuberías, acumulado en depósitos o en las típicas bombonas.

El gas se almacena en las urbanizaciones, chalets, etc. para su consumo, siendo éste del tipo butano o el propano. El gas natural se distribuye a los usuarios a través de una red de tuberías hasta los mismos elementos donde se realiza su consumo, como las calderas de calefacción y cocinas de cada vivienda.

El gas natural procede directamente de la naturaleza, es un productor de energía especialmente respetuoso con el medio ambiente. Por otra parte, es una energía barata y, sobre todo, el gas natural es energía segura siempre que se cumpla con las normativas de instalación y conservación establecidas.

Todas las instalaciones y medios de transporte son propiedad de la compañía suministradora, hasta llegar a unos 50 cm. de la finca a suministrar y a partir de aquí las instalaciones son propiedad del dueño del edificio o de la comunidad de propietarios. Por otra parte está  la instalación receptora individual, que son las correspondientes desde la conexión a la tubería general y canalizaciones interiores de las viviendas y locales, siendo responsabilidad del usuario el mantenimiento, tanto de las instalaciones comunes como privativas.

La instalación de gas precisa un mantenimiento preventivo, algo que no se hace con la debida asiduidad. Los usuarios, tanto en las instalaciones individuales como en las comunitarias, no son conscientes que   exigen un mantenimiento preventivo.

Las revisiones deben ser realizadas por profesionales con carnets autorizados por los Organismos competentes, quienes emitirán una certificación en el que se recoja que la instalación está  en perfectas condiciones, una vez efectuadas las debidas correcciones.

Cada cuatro años es obligatorio proceder a una revisión por un instalador autorizado, sin esperar a que obligue la empresa distribuidora de gas. En otras se debe realizar cada dos años, dependiendo del tipo.

Por otra parte la Compañía de gas podrá hacer inspecciones periódicas, totalmente gratuitas, cuando lo crea conveniente, todo por seguridad de los usuarios.

La instalación se ha de realizar de acuerdo a unas normas establecidas por los Organismos competentes, siendo de obligado cumplimiento para los instaladores autorizados

La instalación común del edificio comienza desde la llave de corte general o llave de acometida, normalmente situada cerca de la finca, en un muro, en una arqueta en el suelo, siempre con acceso desde el exterior con el fin de poder cortar el suministro. Por otra parte se encuentra la llave de abonado; es a partir de esta llave donde comienza la particular de cada vivienda y  local.

Como Presidente de la Comunidad debe cumplir la norma de las revisiones establecidas, cada cuatro años. Lo mejor es establecer un contrato de mantenimiento de la instalación con un profesional o una empresa especializada, que se encargará  sin necesidad de que el Presidente de turno o el administrador tengan que estar pendientes. Debe establecerse en el presupuesto anual una cantidad para este mantenimiento.

Las tuberías y canalizaciones, desde la llave de acometida hasta la llave de corte de cada vivienda, son elementos comunes que necesitan un mantenimiento y conservación, no adquiera responsabilidades innecesarias.

Recuerde a sus vecinos que vigilen su instalación particular y cumplan con las preceptivas revisiones, verificando los tubos, evitando que existan fugas, que se derrame líquidos en los fuegos, se apague la llama y el gas siga saliendo; revisar los quemadores que deberán funcionar correctamente y de forma uniforme.

Cuando no se utilice el gas o exista un corte, debe cerrar la llave de los quemadores y la situada antes de estos. Debe existir ventilación en la zona en que se utilice el gas, por la noche deben cerrar todas las llaves. Si existe olor a gas, lo primero que debe hacer es abrir las ventanas, no encienda, velas, luces, ni accione interruptores, etc. verifique que están cerradas todas las llaves, y llame a su instalador autorizado o a su suministrador para que revise la instalación

No entre en discusiones con la empresa suministradora de Gas en el caso de que en su comunidad no se haya cumplido los requisitos establecidos por la Ley, avise a su empresa o profesional debidamente autorizado y proceda a la revisión de la instalación o a la adaptación a la normativa vigente, es la seguridad de la finca y sus habitantes.

Si su instalación no cumple normas y la instalación es antigua - por ejemplo- con tubería de hierro y unida con roscas no trate de averiguar en que lugar se encuentra la o las fugas, le saldrá  más económico realizar una instalación nueva y de acuerdo a la normativa vigente. La empresa suministradora no le obliga a cambiar la instalación de hierro roscada, lo que sí le obliga es a que en su comunidad esté seguro y es por lo que trata de eliminar cualquier fuga de acuerdo a unos mínimos establecidos.

Como Presidente no corra riesgos, avise a un profesional autorizado o a una empresa especializada, quienes le resolverán el problema y le aconsejarán lo mejor.

Cualquier modificación, revisión, etc.   debe ser realizada por un instalador autorizado, no intente, por ahorrar, que lo haga cualquiera sin el debido carnet de instalador autorizado. El instalador, antes de intervenir, deberá  solicitar el corte del gas.

No obstruya las rejillas de ventilación de la cocina.

Para decorar mejor su vivienda o los elementos comunes de la finca no tape las tuberías de gas a no ser que se lo permita la empresa suministradora cuando se realiza la inspección, siempre dejando las debidas ventilaciones.

Si en su finca aún no tienen instalación de gas natural y están utilizando otros combustibles para el uso domestico, recuerde a los propietarios que pueden acometer la instalación, conseguirán muchas comodidades, incluso podrá  instalar su calefacción individual.   Para ello debe solicitar a la empresa suministradora la correspondiente documentación. Solicitar presupuestos a varias empresas instaladoras debidamente autorizadas, incluso podrá obtener ayudas y financiación de la empresa suministradora. Solicite información.

En estos casos suele darse la circunstancia que uno o varios propietarios no quieran instalar gas, pero los demás sí.   Los interesados pueden proceder a la instalación, siempre con la autorización de los propietarios, aunque uno o dos no estén interesados. Es conveniente que se dejen tomas en las viviendas que ahora no estén interesados, ya que, más adelante, pueden estarlo. En estos casos se debe cobrar cuando lo instalen, siempre incrementando los intereses correspondientes, acumulados, desde que se realizó la obra hasta el día de la fecha.

Nueva instalación  de gas en la Comunidad:

Si la Comunidad no tiene gas y desean  utilizar  este servicio, pero no existe instalación y hay que hacerla nueva se deberá tomar un acuerdo, reflejado en el artículo 17.1 de la L.P.H., por  1/3 de todos los propietarios y además de los coeficientes de participación. El coste instalación y mantenimiento recairá sobre los propietarios  que desean la instalación, no estando obligados los que  en Junta votarón en contra, aunque se podrán unir más tarde siempre que abonen la parte proporcional de los gastos más los intereses correspondientes. Artículo 17.- (ACUERDOS JUNTAS: TIPOS DE ACUERDOS) El artículo 17 queda redactado de la siguiente manera: Según Ley 8/2013 de 26 de junio:

«Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes reglas:
1. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

Nota:"...y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética.."Modificado por Real Decreto Ley 19/2021 en cuanto a la toma del acuerdo).
La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior respecto a los gastos de conservación y mantenimiento, la nueva infraestructura instalada tendrá la consideración, a los efectos establecidos en esta Ley, de elemento común."

Se modifica el apartado 2 del artículo diecisiete según Real Decreto Ley 19/2021 de 5 de octubre https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16230 
El gas natural es una energía limpia que contribuye a conservar el medio ambiente, no la desprecie y sepa utilizarla.   No produce accidentes, a no ser por negligencia de algunos usuarios, como en cualquier otra energía o instalación.   Ponga los medios necesarios a su alcance y jamás tendrá  un accidente con el gas natural.

El gas natural se está  utilizando, cada vez más, como energía para las centrales de calefacción y agua caliente, con gran rendimiento y escasos gastos de mantenimiento y conservación.   No es necesario estar pendiente de llenar los tanques, almacenar suministros, etc. se suministra a través de la red de tuberías instaladas en las ciudades.

El gas natural es una alternativa para las centrales de calefacción de carbón, produciendo menor contaminación atmosférica que otros combustibles y contribuyendo a la conservación del medio ambiente.


No lo dude en su comunidad y contrate un servicio de mantenimiento y conservación, evitando que las personas responsables de la finca estén pendientes   de cumplir con las revisiones establecidas. Acuda a los profesionales y empresas de servicio debidamente autorizadas, solicite información y contrate la instalación de gas en su finca.

gas, comunidad propietarios, instalación, mantenimiento


Buscar por palabras

Buscar en directorio empresas